domingo, 05 septiembre 2010

Arrendamiento de Vivienda

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Se entiende por arrendamiento de vivienda aquel contrato, en el que una persona arrendador, cede a otra persona arrendatario, el uso de una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

 

ArrendamienroLas normas relativas al arrendamiento, de vivienda se aplicarán también, al mobiliario, los trasteros, plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la vivienda por el mismo arrendador. Por el contrario, las normas del arrendamiento de vivienda no se aplican a los contratos de arrendamiento de temporada, sea o no de verano.


¿Cómo se regulan los arrendamientos de vivienda?; El arrendamiento de vivienda se rige en la actualidad por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de diciembre de 1994 (L.A.U.). En su defecto, se aplicará lo acordado por las partes y, supletoriamente, el Código Civil.


Son nulos los pactos entre las partes que modifiquen lo dispuesto en la Ley en perjuicio del arrendatario o del subarrendatario, salvo los casos en que la propia Ley lo autorice. Como excepción, los contratos de arrendamiento de viviendas suntuarias, que son aquellas que tienen más de 300 metros cuadrados de superficie y en los que la renta anual pactada excede 5,5 veces el salario mínimo interprofesional anual, se regirán en primer lugar por lo pactado por arrendador y arrendatario.

 
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